Licencia de obras o Urbanística en Zaragoza
¿Qué es una licencia de obras o Urbanística en zaragoza?
El artículo 226 de la Ley Urbanística de Aragón define Licencia como el acto administrativo por el que el Alcalde autoriza a cualquier persona para realizar un acto de transformación, construcción, edificación o uso del suelo o el subsuelo, expresando el objeto de la misma, y las condiciones y plazos de ejercicio conforme a lo establecido en la normativa aplicable.
Están sujetos a licencia, conforme a lo establecido en la legislación básica estatal, los siguientes actos de transformación, construcción, edificación o uso del suelo o el subsuelo:
a) Movimientos de tierra, explanaciones, parcelaciones, segregaciones o actos de división de fincas en cualquier clase de suelo cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación.
b) Obras de edificación, construcción e implantación de instalaciones de nueva planta con excepción de las sujetas a declaración responsable.
c) Obras de ampliación, modificación, reforma, rehabilitación o demolición cuando alteren la configuración arquitectónica del edificio por tener el carácter de intervención total o, aun tratándose de intervenciones parciales, por producir una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, la envolvente global o el conjunto del sistema estructural, o cuando tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
e) Talas de masas arbóreas o de vegetación arbustiva que afecten a espacios de alto valor paisajístico o a paisajes protegidos.
f) Ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes.
g) Otros supuestos establecidos en el plan general por concurrir razones especiales de interés público que habrán de especificarse en la memoria.
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Tipos de Licencia de obras o Urbanística.
Existen 4 tipos de licencia urbanística:
1-Licencias de obra en Zaragoza
Una licencias de obra es la exigida en la mayoría de los casos.
Declaración responsable de obra; Así, artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,se regulan aquellas «declaración responsable» y «comunicación. Normalmente para aquellas obras de sencilla técnica y que no precisen elementos estructurales, y aquellas de reforma que no supongan alteración del volumen, del uso principal de las instalaciones y servicios de uso común o del número de viviendas y locales, ni afecten a la composición exterior, a la estructura o a las condiciones de habitabilidad o seguridad.
2-Comunicación previa a la ejecución de obra.
Normalmente pequeñas reformas en baño y cocina principal, regulada en el Artículo 228 de la Ley Urbanística de Aragón: La comunicación previa en materia de urbanismo es el documento en el que cualquier persona pone en conocimiento del Alcalde que reúne los requisitos para realizar un acto de transformación, construcción, edificación o uso del suelo o el subsuelo que no está sujeto ni a declaración responsable ni a licencia en materia de urbanismo.
3-Efectos licencia de obra
- La licencia legitima para la realización de su objeto desde la fecha en que sea formalmente adoptada por el Alcalde, sin perjuicio de su notificación y de los efectos que derivan de la misma conforme a la legislación del procedimiento administrativo común.
- La comunicación previa y la declaración responsable legitiman para la realización de su objeto desde el día de su presentación en el registro general del municipio.
4- No necesitaran Licencia de obra.
Finalmente, no será tampoco exigible licencia o autorización previa para la realización de las obras ligadas al acondicionamiento de los locales cuando no requieran de la redacción de un proyecto de obra de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Las obras, por tanto, que no requieran de proyecto conforme a esta última Ley, tampoco precisan de licencia.
Dirección
Paseo Indepencia nº 4, Primero Derecha
(Despacho GMABOGADOS)
50004, Zaragoza, España
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